La vida de jubilado en la República Dominicana
LA VIDA FÁCIL, POR FIN…
Puede ser fácil vivir en la República Dominicana como jubilado extranjero. Los lugareños son amables, la vivienda es más asequible en comparación con la mayoría de los lugares del Caribe y el coste de la vida es más bajo que en EE.UU. Las playas son espectaculares y mudarse a un lugar nuevo puede ser incluso una divertida aventura.
La vida no es perfecta en ningún lugar del mundo y vivir en la República Dominicana tiene sus aspectos positivos y negativos. Hay apagones regulares, la cultura es diferente y te encontrarás con todas las molestias habituales de vivir en un mundo en desarrollo. Lo mejor que puedes hacer es reunir toda la información necesaria sobre tu nuevo hogar y hacer un serio examen de conciencia.
VISADOS PARA JUBILADOS
Cualquier persona que no sea ciudadana de la República Dominicana y desee permanecer en el país más de 30 días con un visado de turista necesita solicitar la residencia. El primer paso es solicitar una residencia temporal en un consulado de tu país de origen y el segundo paso es solicitar la residencia permanente, que sólo puedes hacer mientras estés en la República Dominicana.
Lo bueno de ser un jubilado que desea trasladarse a la RD es que puedes saltarte el primer paso y solicitar el estatuto de residente permanente. Tendrás que demostrar que tienes acceso a una pensión mensual o a otra fuente de financiación de al menos 1.500 dólares al mes. Estos ingresos tienen que proceder de un plan privado o público y la cantidad de dinero en efectivo debe estar certificada por escrito por el proveedor de tu plan. Además de este documento, los jubilados también tendrán que obtener otros papeles, como un documento de comprobación de antecedentes penales, un certificado de salud y certificados de matrimonio y nacimiento. El gobierno de la República Dominicana afirma que la residencia permanente puede adquirirse en un plazo de 45 días desde tu solicitud, pero lo cierto es que el proceso suele tardar un poco más.
PRESTACIONES DE MEDICARE Y SEGURIDAD SOCIAL
Todo jubilado que tenga derecho a prestaciones puede seguir recibiendo prestaciones de la Seguridad Social mientras se da la buena vida en la República Dominicana. Ten en cuenta que se aplican normas especiales a los dependientes y supervivientes de los trabajadores. Hay una Herramienta de Pantalla de Pagos en el Extranjero en la página web de la Administración de la Seguridad Social que puede reconocer varias restricciones que se aplican a diferentes situaciones.
Tus prestaciones de la Seguridad Social pueden enviarse por correo a tu lugar de residencia en la RD, pero este método no es aconsejable porque los cheques pueden llegar tarde o incluso extraviarse. La mejor forma de recibir tus prestaciones como jubilado es que te ingresen los fondos en una cuenta bancaria en EE.UU. o en la República Dominicana. Si tus prestaciones se depositan en un banco de Estados Unidos, puedes acceder a ese dinero utilizando un cajero automático en la República Dominicana. Los jubilados también pueden hacer que su banco estadounidense transfiera las prestaciones a un banco local. El único inconveniente es que el Medicare no cubre los servicios sanitarios fuera de EEUU.
IMPUESTOS PARA JUBILADOS
Todas las personas residentes en la República Dominicana desde hace al menos tres años están sujetas a los impuestos dominicanos. Se considera residente a la persona que pasa más de 6 meses en un año en el país. Los extranjeros que viven aquí como residentes y reciben dinero en efectivo de inversiones financieras como depósitos, acciones y bonos, tienen que pagar impuestos en función de los ingresos de estas inversiones. Esta norma no se aplica a las prestaciones de la Seguridad Social ni a las pensiones. Si eres contribuyente en la República Dominicana, tendrás que obtener un número RNC de las autoridades fiscales.
Los residentes con ingresos entre 290.000 y 435.000 dólares tributan al 15%, mientras que aquellos cuyos ingresos procedentes de inversiones financieras estén entre 435.000 y 604.000 dólares deben pagar el 20%. Todos los ingresos superiores a 604.000 $ tributan al 25%. Esta escala se ajusta cada enero, pero suele haber pocas deducciones.
Existe un impuesto anual del 1% al que se accede sobre cualquier propiedad que sea propiedad de una persona del extranjero con residencia en la República Dominicana. Por supuesto, este impuesto del 1% sólo se calcula sobre las propiedades cuyo valor supere los 5 millones de dólares.
Si por casualidad tu último domicilio estuvo en la República Dominicana, estás sujeto al impuesto de sucesiones dominicano del 3%. La herencia de un inmueble situado en la RD está sujeta a impuestos de sucesiones.
Se pueden deber impuestos tanto en EE.UU. como en la República Dominicana, sencillamente porque de momento no existe ningún tratado fiscal entre ambos países. Dado que las leyes fiscales pueden cambiar a menudo y suelen ser complicadas, lo mejor es ponerse en contacto con un contable local cualificado para realizar consultas.